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El obispo Diego Romano y el virrey Álvaro Manrique de Zúñiga, marqués de Villamanrique: el Concilio de Trento y la Visita
The Bishop Diego Romano and Viceroy Álvaro Manrique de Zúñiga, Marques de Villamanrique: The Council of Trent and the Visit

Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro, vol. 6, núm. 1, 2018

Instituto de Estudios Auriseculares

Juan Pablo Salazar Andreu

Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, México

Fecha de recepción: 02 Junio 2017

Fecha de aprobación: 12 Junio 2017

Resumen: El obispo Romano, como titular de la mitra de Tlaxcala-Puebla de los Ángeles, tuvo una importante participación en el tercer Concilio Provincial Novohispano, que buscaba promulgar el Concilio de Trento y adaptarlo a la Nueva España. La llegada del controvertido virrey marqués de Villamanrique, trajo como consecuencia un enfrentamiento directo con la Iglesia novohispana. Villamanrique, lejos de negociar buscó imponer sus decisiones arbitrariamente, provocando que se le sometiera a una rigurosa visita que se encomendó a don Diego Romano; visita cuya eficacia, se observa en la posterior condena al marqués.

Palabras clave: Obispo Diego Romano, Puebla, Tlaxcala, Concilio de Trento, visita, virrey marqués de Villamanrique.

Abstract: The Bishop Romano, as head of the Tlaxcala-Puebla de los Angeles miter, had an important participation in the third Novohispano Provincial Council, which sought to promulgate the Council of Trent and adapt it to New Spain. The arrival of the controversial Viceroy Marquis de Villamanrique, brought with it, a direct confrontation with the New-Hispanic Church. Villamanrique, far from negotiating, sought to impose his decisions arbitrarily, causing him to be submitted to a rigorous visit which was entrusted to don Diego Romano, whose effectiveness is observed in the subsequent condemnation of the Marquis.

Keywords: Bishop Diego Romano, Puebla, Tlaxcala, Council of Trent, Visit, Viceroy marques de Villamanrique.

Don Diego Romano y su Obispado

Bermúdez Castro señala que Diego Romano nació en 1538 en la ciudad de Valladolid, hoy ciudad en la que tiene su sede la Junta de Castilla y León 1 . Cursó sus primeros estudios en su ciudad natal, para después trasladarse a Salamanca, en donde finalmente obtuvo el título de doctor en cánones, para posteriormente desempeñar diversas tareas al servicio del rey y de la Iglesia, tal como es el caso de su labor como canónigo y vicario general del arzobispado de Granada, y su actuación en los Tribunales de la Inquisición de Granada, Barcelona y Llerena. El rey Felipe II, en atención a los méritos del doctor Romano, lo presentó como obispo de Tlaxcala en el año de 1577, siendo consagrado en Madrid por el cardenal Espinoza 2 .

Diego Romano sería titular del obispado de la Puebla de los Ángeles entre los años de 1578 a 1607, cubriendo más de un cuarto de siglo de actividad pastoral y política, bajo las administraciones de los virreyes Moya, Villamanrique, Velasco el joven, el conde de Monterrey y el marqués de Montesclaros; años en los cuales don Diego destaca por su labor política y eclesiástica.

Su nombramiento como obispo de Tlaxcala fue confirmado el 13 de enero de 1578, cumpliendo con un perfil común de las mitras novohispanas a finales del siglo XVI, consistente en ser dirigidas por prelados con antecedentes inquisitoriales 3 .

La inclinación del monarca y del Consejo de Indias por nombrar como obispos a individuos con la señalada experiencia, puede obedecer a la necesidad de un carácter férreo en el desempeño de dichos cargos dentro de la administración indiana, ya que incluyó también, el desarrollo de Visitas 4 .

Ciertamente fue bajo el gobierno de Felipe II donde se observan los principales logros del prelado en estudio, pero la llegada de Felipe III al poder y la nefasta influencia del duque de Lerma, su corrupto valido y amigo del marqués de Villamanrique, presentaron notables diferencias para el obispo de Tlaxcala, así como uno de sus principales retos: el desarrollo de la Visita en contra del virrey Álvaro Manrique de Zúñiga.

La Política de Congregaciones

Monseñor Diego Romano fue partidario de la política de Congregaciones, señalando el problema que implica la situación de los indígenas que poblaban en números tan reducidos que apenas alcanzaban la docena, y en locaciones sumamente distantes unas de otras, por lo que consideraba conveniente reducirlos a pueblos; de igual manera señala que esto se debe hacer con mucha consideración y por personas que sean conocedores de la tierra, para evitar errores que perjudiquen a los naturales y a la hacienda del rey 5 .

Por una carta de Vuestra Majestad de 6 de abril de 1583, recibida en la flota del general don Antonio Manrique se manda que a tanta la pestilencia que entre los naturales en esta tierra ha habido, faltando las dos partes de ellos se quedaban en las doctrinas y beneficios los mismos ministros que antes había así clérigos como religiosos, de que se seguia gasto a la hacienda de Vuestra Majestad y de los encomenderos, que de tal manera proveyese los ministros que fuesen solo los necesarios. Y aunque es verdad que en la mortandad que pasó habrá seis años murio mucha gente, no fue tanta como a Vuestra Majestad han informado que llegase a dos partes, ni aún a la mitad, si no fuese en algún particular pueblo, además de que desde entonces les va Dios dando salud, de manera que diez años la tienen volvera a haber el mismo numero de los que había antes 6 .

Es innegable que la evangelización tuvo un alto costo, lo cual, aunado a la dificultad para el cobro de tributos, motivaron e intensificaron la política de la congregaciones, consistente en el reacomodo de los núcleos de indios aislados a fin de concentrarlos en pueblos compactos, preferentemente en lugares llanos, en los que se levantaron iglesias y casas de gobierno 7 .

El norte del virreinato novohispano tuvo que ser pacificado por Villamanrique y Luis de Velasco el Joven, siendo éste último quien aceleró el proceso de creación de las Congregaciones; sin embargo, la aplicación de ésta política no fue completamente afortunada, ya que los indígenas se resistieron abandonar sus tierras, sufriendo diversas violaciones a sus personas y derechos de propiedad, por lo que en sus letras el obispo muestra su simpatía con la política de Congregaciones, pero a su vez, reprueba la manera en la que se han aplicado 8 .

Una de Vuestra majestad de 21 de junio de pasado se me remitió de casa del virrey de esta Nueva España, por la cual me advierte Vuestra majestad lo que acerca de las congregaciones de los indios naturales de este reino tiene proveído y encargado a los virreyes del procuren que esto tenga próspero fin y remate por el mucho bien que ha de resultar en los tales naturales en lo espiritual y temporal, ordenándome a mí en el distrito de mi obispado en lo que se ofreciere en esta materia lo facilite y encamine como todo tenga próspero fin y con brevedad y que lo mismo procure hagan los clérigos beneficiados en sus partidos negocio es que yo he deseado casi desde que vine a esta tierra, solicitando que Vuestra majestad lo mandase y habiéndose hecho procurando con sus lugares tenientes lo pusiesen en ejecución a los cuales en todo lo que me han pedido he ayudado pero esto ha sido pocas veces porque les ha parecido que no es bien que los obispos y personas eclesiásticas seculares y regulares tengan voto en casa que a esto toque, poniendo otros medios tan acertados en daño y perjuicio de los naturales y de la hacienda, pudiéndose hacer con muy poca costa y si Vuestra majestad se ha escrito que están casi las reducciones acabadas enviando algunos testimonios, la verdad es que es muy poco lo hecho y menos lo acertado, porque no es estar hecha la congregación haber derribado las iglesias y quemado las casas a los miserables indios, antes de tener hechas otras en que mecerse, poniendo en una casilla diez y doce vecinos de que se les ha causado graves enfermedades, huyéndose a los montes con sus mujeres e hijos sin doctrina, y muriendo muchos sin confesión y criaturas sin bautismo… 9

El Concilio de Trento en la Nueva España

El obispo Romano como titular de la mitra de Puebla de los Ángeles, tuvo una importante participación en el tercer Concilio Provincial Novohispano, llevado a cabo el 20 de enero de 1585 en la Ciudad de México, siendo convocado por el afamado y poderoso arzobispo virrey Pedro Moya de Contreras, a fin de promulgar el Concilio de Trento y adaptarlo al ámbito de la Nueva España, participando los prelados de Gutemala, Michoacán, Yucatán, Nueva Galicia y Chiapas 10 . Es necesario subrayar, que desde la bula expedida por el Papa Paulo III en 1546, la diócesis de México se había convertido en arquidiócesis Metropolitana, por lo que tenía por sufragáneas a los obispados de Tlaxcala-Puebla, Oaxaca, Michoacán, Chiapas y Guatemala, dejando por ende de depender, la Iglesia novohispana, de la mitra sevillana 11 .

Uno de los temas más significativos fue “Acerca de los indios, vejaciones, agravios e otras injusticias que contra ellos se cometen acerca del repartimiento de indios”, que derivó en una misiva a Felipe II en el que establecen que tanto obispos como gobernadores, tienen como una de sus principales responsabilidades “el proteger y defender con todo el afecto del alma y paternales entrañas a los indios recién convertidos a la fé, mirando por sus bienes espirituales y corporales”, esto, basado en el trabajo y mansedumbre de los indígenas, del cual los españoles obtienen provecho. Por tal motivo los obispos solicitan un mejor trato para los naturales, evitando que se les agravie convirtiéndolos virtualmente en esclavos 12 .

Concluido el Concilio se procedió a su publicación, a lo que se opuso el Fiscal Regio, con el apoyo del virrey entrante, el marqués de Villamanrique, que en 1585 ordenó la recolección de los autos y decretos del Concilio; indicación cumplida por la Audiencia de México, provocando que la Iglesia novohispana enviara al Vaticano, en calidad de procurador, a Francisco de Beteta, maestro de la Catedral de Tlaxcala, quien obtuvo de su Santidad Sixto V, el breve Romanum Pontificem, que confirmaba el Concilio y ordenaba su publicación, por lo que seis años después, Felipe II expidió una Real Cédula que lo avala 13 .

La Visita del obispo Diego Romano y la confrontación con el virrey marqués de Villamanrique

Es menester resaltar que la llegada del controvertido virrey marqués de Villamanrique, trajo como consecuencia un enfrentamiento directo con la Iglesia novohispana, especialmente con el poderoso arzobispo visitador Moya. Con el paso del tiempo los conflictos se fueron incrementando, y Villamanrique, lejos de negociar, buscó imponer sus decisiones arbitrariamente, provocando que el rey Felipe II lo sometiera a una rigurosa Visita que se encomendó a don Diego Romano, titular de la mitra angelopolitana 14 . Dicha visita fue delicada y desgastante, debiendo apoyarse en las numerosas quejas que provenientes de diversos sectores de la población novohispana, transmitieron el malestar existente en contra del virrey.

No solamente ha ejercido una tiranía intolerable, prohibiendo y controlando las cartas a España, y restringiendo con pena de destierro el predicar contra su mal régimen, sino que también, se mostró una codicia escandalosa y prefirió a sus familiares y amigos de manera increíble, como por ejemplo, nombró general a su joven cuñado, don Diego Fernández de Velasco, y le desposó contra la voluntad de los parientes y a la fuerza, con una señorita ya prometida, contra la cual ni la Audiencia misma no ha osado protestar 15 .

Influyó de manera determinante en la Visita en análisis, y en el ánimo del monarca para deponer a dicho virrey, el conflicto que este sostuvo con la Audiencia de Nueva Galicia. A inicios de 1590 las muestras de oposición a la Visita serían ya notorias, especialmente cuando después de publicado el inicio de la Visita, el marqués de Villamanrique recusó al obispo Romano, acusándolo de enemigo, así como a todos los letrados eclesiásticos y seglares tanto de la Nueva España como de Nueva Galicia, solicitando que se abstuvieran de realizar cualquier actividad en su contra y depositando sólo un voto de confianza en los miembros de la Real Audiencia y de la Inquisición 16 .

Ciertamente, las misivas que Monseñor Romano envió a la Península Ibérica, solventaron sus gestiones como visitador. Desde luego, la recusación interpuesta por el temperamental virrey depuesto fue desechada.

Habiendo el obispo de Tlaxcala a quien está cometido que visite al marqués de Villamanrique, dado aviso que el dicho marqués y la marquesa, su mujer, traían cantidad de oro y plata, joyas y otras cosas sin registrar, y que tenían en el barco de Diego de Albuquerque cierta cantidad de dinero para sus contrataciones y compañía que tenían con él, fue Vuestra Majestad servido de mandar por sus comisiones cometer al Licenciado Diego de Valdivia, alcalde de la Audiencia de Grados de la Ciudad de Sevilla que averiguase lo que en ella pasaba 17 .

Diego Romano trabajó arduamente en la Visita, la cual fue bien recibida y aceptada en la Corte, neutralizando con ello la defensa del depuesto virrey que incluyó un documento titulado “Relación de algunos agravios que en la Nueva España se han hecho al marqués de Villamanrique con ocasión de la Visita que el tiempo que el dicho marqués fue virrey en aquellas provincias se cometió al obispo de Tlaxcala”, en el que se defiende tanto al marqués, como a su esposa Doña Blanca de Velasco, de las actuaciones del obispo en su calidad de Visitador, señalando algunos “excesos” en contra del depuesto virrey y su cónyuge desde su salida de la Ciudad de México al Puerto de Veracruz, en los que se remarca la severidad del obispo Romano, quien ordenó embargar la ropa del marqués y su esposa 18 . Mas es necesario destacar, que Villamanrique buscó hacer valer su peso político e influencia dentro de la Inquisición y la Real Audiencia.

Y aunque reservó los oidores, alcaldes, inquisidores y fiscal de la Inquisición y obispo de Antequera, fue para dar color a su pretensión, que no es querer juez, pues sabe que las dichas personas son todas impedidas con sus oficios y no han de querer acompañarle sin expresa licencia de su majestad como lo he entendido de algunos de ellos. Y en semejante caso reputa el derecho ésta por recusación general como si no se hubiera exceptuado nadie, también concurre que los licenciados Valderrama, Eugenio de Salazar y don Francisco Tello, son íntimos amigos suyos y en alguna manera toca la visita pues en muchas cosas que proveyó y hizo el marqués fueron de ellos consejeros y participes, como se viera bien claro si fueron comprendidos en esta visita, aunque más unos que otros y aunque el licenciado Maldonado y Doctor Santiago del Riego son hombres enteros y que no les toca nada de esto, cuando viera el marques que me acompañaba con ellos, los recusara sin causa para impedir y causar dilación en la Visita. Y estos cinco, que es toda la Audiencia es fuerza que han de ser examinados como testigos sobre las cartas que a Vuestra majestad escribieron, dando noticia del gobierno del marqués que Vuestra Merced me envió entre los papeles originales que de allá vinieron 19 .

El obispo Visitador Romano, consciente de lo delicado de la Visita, buscó que el monarca reforzara su misión abarcando también la Real Audiencia de México, solicitando también al monarca mayores poderes para visitar, con amplias facultades, a los oficiales reales de México, Veracruz, Acapulco, Zacatecas y Chiametla; a contadores y receptores de alcabalas; Juzgado de Bienes de Difuntos, así como a los castellanos de San Juan de Ulúa que han cobrado la avería. De igual manera, solicita al rey, la obtención de un breve papal, ya que hay varios eclesiásticos y religiosos involucrados con Villamanrique, por lo que, considera, deben ser objeto de visita 20 ; sin embargo, las amplias facultades solicitadas no fueron concedidas.

Posteriormente, en 1592, el virrey Velasco, informaría al rey sobre las competencias de jurisdicción entre la Audiencia de México y el obispo Romano, subrayando los conflictos entre el prelado y los oidores, a los cuales don Luis de Velasco trató de avenir y restar publicidad en beneficio de la autoridad de ambas partes; no obstante, sus esfuerzos fueron infructuosos, ya que el obispo buscaba concluir su comisión y la Audiencia, mostraba cierta reticencia en aquellos casos que, a su consideración, no estaban realmente relacionados con la Visita de Villamanrique. Por lo anterior, y aunado a las peticiones del obispo Romano de aumentar sus facultades, el virrey Velasco aconsejaba en contra por ya existir diversos roces entre las partes, solicitando al rey, que de asignar la visita a la Audiencia, fuera realizada por una persona distinta a don Diego Romano 21 . Además, para ese momento el obispo de Tlaxcala comenzaba a padecer problemas de vista.

La eficacia de la Visita, tal como argumenta Sánchez Bella 22 , se observa en la condena al marqués, privándole de manera perpetua de oficios y desterrándolo de la Corte, situación que cabe señalar no tuvo efectos permanentes ya que bajo el reinado de Felipe III, y gracias a la influencia del duque de Lerma, quien era valido del monarca, le fue levantado el castigo y, en 1600, acorde a Schäfer, pidió el pago de su salario desde la salida de Nueva España hasta la llegada Europa, exigencia que al parecer le fue satisfecha 23 . De todas maneras la sentencia dictada a Villamanrique con motivo del obispo de Tlaxcala, fue la más severa que se haya pronunciado en contra de un virrey durante los 300 años de predominio español en América

El obispo Romano, pese a la difícil labor como visitador, no descuidó sus funciones episcopales, lo que se demuestra el documento titulado “Relación de prebendas y beneficios, existentes en la Catedral de Puebla de los Ángeles, personas que las poseen , fundadores, hospitales, por el obispo Diego Romano” el cual se encuentra en el Archivo General de Indias en Sevilla, y en el que se menciona la manera en la que continuó con los trabajos de construcción de la catedral de Puebla iniciados en 1575 bajo la dirección de Francisco Becerra, célebre arquitecto de Extremadura, quien por cierto tuvo que probar su limpieza de sangre.

Finalmente en 1606, y debido a los problemas de visión que aquejaban al obispo Romano, se nombró como obispo auxiliar a monseñor Mota y Escobar, quien era obispo de Nueva Galicia. En 1607, con el retorno de Luis de Velasco II a la administración del virreinato, Diego Romano fallecería en la Ciudad de Puebla de los Ángeles.

Conclusión

La negativa de las autoridades reales, en el sentido de convertir la Visita especial encomendada a monseñor Romano, en Visita General, fue una decisión posiblemente acertada, ya que evitó enfrentamientos innecesarios, que hubieran causado inestabilidad política en el ámbito novohispano, tal como sucedería más adelante con la Visita General de don Juan de Palafox, gracias a la cual, se descubren infinidad de abusos por parte de las autoridades indianas, se logra remover al corrupto virrey Salvatierra y perseguir a varios Alcaldes mayores, dentro de los que destaca el oidor de la Audiencia, Torreblanca; sin embargo, este éxito, tuvo un alto coste político, así como una terrible e injusta persecución sufrida por el obispo Palafox.

Pese a lo anterior, la Visita Especial de don Diego Romano contó con un importante apoyo político dentro de la corte, lo que permitió, a su vez, que los elementos jurídicos con los que buscó imputar a Villamanrique tuvieran el efecto deseado, pese a lo poco eficaz en el largo plazo, reafirmando una vez más la grave corrupción existente al interior de la Nueva España, a la que posteriormente volvería a enfrentarse el obispo Palafox.

Abreviaturas

  1. AGI: Archivo General de Indias (Sevilla)

  2. BPRM: Biblioteca del Palacio Real de Madrid (Madrid)

Fuentes de información

Manuscritas

Archivo General de Indias, México 343, Patronato, 183N.1, R.3; 250 R.I; 191 R.2.

Biblioteca del Palacio Real de Madrid, Relación de algunos agravios que en la Nueva España se han hecho al marqués de Villamanrique con ocasión de la Visita que el tiempo que el dicho marqués fue virrey en aquellas provincias se cometió al obispo de Tlaxcala, II/1940.

Impresas

Salazar Andreu, Juan Pablo, Gobierno en la Nueva España del virrey Luis de Velasco el Joven (1590-1595) y (1607-1611), en Derecho y administración pública en las Indias hispánicas. Actas del XII Congreso internacional de historia del Derecho indiano (Toledo, 19 a 21 de octubre de 1998, coord. Feliciano Barrios Pintado, Cuenca, Universidad de Castilla-La Mancha, 2002, Vol. 2, pp. 1555-1564.

Shäfer, Ernest, El Consejo Real y Supremo de las Indias, México, Editorial Carmona, 1947.

Bibliográficas

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Bermúdez de Castro, Diego Antonio, Theatro Angelopolitano o Historia de la Ciudad de Puebla, Puebla, Junta de Mejoramiento Moral, Cívico y Material de Municipio de Puebla, 1985.

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Jiménez Rueda, Julio, Don Pedro Moya de Contreras, primer Inquisidor de México, México, Ediciones Xóchitl, 1944.

Sánchez Bella, Ismael, Iglesia y Estado en la América Española, Pamplona, Eunsa, 1991.

Sánchez Bella, Ismael, Derecho Indiano, Estudios. Las Visitas Generales en la América Española, Pamplona, Universidad de Navarra (Facultad de Derecho), 1992.

Notas

1 Bermúdez de Castro, 1985, p. 288.

2 Bermúdez de Castro, 1985, p. 289.

3 Álvarez, 1988, p. 7016; Cabe señalar dos importantes ejemplos: el Arzobispo, virrey y visitador, don Pedro Moya de Contreras realizó diversas tareas al frente del naciente tribunal de la Nueva España; don Santos García, fiscal de la Inquisición, fue promovido a la silla episcopal de Guadalajara.

4 Shäfer, 1947, pp. 575-583.

5 Carta del obispo de Tlaxcala al rey, 11 de abril de 1584, México 343, AGI.

6 Carta del obispo de Tlaxcala al rey, 11 de abril de 1584, México 343, AGI.

7 Salazar Andreu, 1997, p. 114.

8 Salazar Andreu, 1997, p. 115. En su momento, Velasco envió más de 400 indígenas de Tlaxcala a Zacatecas, a fin de pacificar la zona mediante una “mezcla” con los indómitos chichimecas, los primeros, bajo el amparo y protección de los franciscanos.

9 Carta del obispo de Tlaxcala al rey, 14 de octubre de 1604, México, 343, AGI.

10 Cuevas, 1940, p. 261.

11 Cuevas, 1940, p. 224.

12 Cuevas, 1940, p. 262.

13 Jiménez, 1944, pp. 125-136.

14 Salazar Andreu, 1997, pp. 18-27.

15 Shäfer, 1947, p. 57.

16 Carta del obispo de Tlaxcala al rey, 21 de febrero de 1590, México 343, AGI.

17 Schäfer, 1947, p. 58.

18 Relación de algunos agravios que en la Nueva España se han hecho al marqués de Villamanrique con ocasión de la Visita que el tiempo que el dicho marqués fue virrey en aquellas provincias se cometió al obispo de Tlaxcala, 6 de junio de 1591, II/1940, BPRM.

19 Carta del obispo Romano al secretario del rey, 24 de febrero de 1590, México, 343, AGI.

20 Carta del obispo de Tlaxcala al rey, 21 de febrero de 1590, México, 343, AGI. La intención tras el aumento de facultades solicitadas por don Diego, era desenmascarar los contubernios entre Villamanrique y su esposa, con los padres de la Orden de San Francisco, siendo señalado por el obispo Juan de Palafox, lo siguiente: ...tres virreyes ha habido en estas provincias que se han gobernado absolutamente por religiosos, y todos han tenido infelices sucesos de gobierno...El primero el marqués de Villamanrique, el cual no cumplió las Cédulas del Señor rey Felipe II en materia de las doctrinas y se hospedaba con su mujer y su familia de entre ambos sexos dentro de los conventos de los religiosos y a tales cosas le fueron persuadiendo… Sánchez Bella, Ismael, Iglesia y Estado en la América Española, Eunsa, 1991, pp. 203-204.

21 Salazar Andreu, 1997, p. 219.

22 Sánchez Bella, 1992, pp. 241-242.

23 Schäfer, 1947, p. 59.

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