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Sobre los universos discursivos de impresoras y libreras en la España de la Edad Moderna
On the Discursive Universes of Women Printers and Booksellers in Early Modern Spain

Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro, vol. 9, núm. 1,

Instituto de Estudios Auriseculares

Alejandra Ulla Lorenzo

Universidad Internacional de La Rioja. ESPAÑA, España

Recibido: 30/12/2020

Aceptado: 20/01/2021

Resumen: El objetivo del presente artículo consiste en estudiar los universos discursivos generados por las mujeres que participaron en el comercio editorial durante la Edad Moderna. Las investigaciones recientes en torno a esta cuestión nos han demostrado que es posible acceder a su palabra oral a través del amplio abanico de textos legales y jurídicos que originaron por iniciativa propia y que en la actualidad se conservan impresos y manuscritos en bibliotecas y archivos de distinta naturaleza. A este respecto, es posible establecer una clasificación de estos testimonios en torno a dos polos: el primero tiene que ver con la documentación relacionada con el proceso de publicación de una obra concreta. Por su parte, en el segundo se recoge la documentación vinculada con los procedimientos legales en los que se implicaron estas mujeres debido a su condición de agentes que formaron parte del mercado editorial. Todos estos textos han permitido rescatar sus nombres propios, trazar sus trayectorias, extraer las características comunes del grupo, pero también las peculiaridades de cada una de ellas.

Palabras clave: Impresoras, libreras, universos discursivos, Edad Moderna, España.

Abstract: The aim of this article is to study the discursive universes generated by women who participated in the publishing trade during the Modern Age. Current research on this issue has shown us that it is possible to access their oral word through the wide range of legal and juridical texts that they originated on their own initiative and that are currently preserved in printed matter and manuscripts in libraries and archives of various kinds. In this respect, it is possible to establish a classification of these testimonies around two poles: the first has to do with the documentation related to the process of publication of a specific work. In turn, the second collects the documentation related to the legal procedures in which these women were involved due to their condition as agents who formed part of the publishing market. These texts have made it possible to rescue their own names, trace their trajectories, and extract the common characteristics of the group, but also the peculiarities of each one of them.

Keywords: Women printers, Women booksellers, Discursive universes, Modern Age, Spain.

1. INTRODUCCIÓN

En los últimos años se han normalizado y extendido los estudios sobre las mujeres de la Edad Moderna. López-Cordón 1 se ha referido a la influencia positiva que la llamada historia cultural ha ejercido en este sentido, puesto que esta corriente se interesó por los grupos sociales no dominantes y los lazos que hacían posibles sus relaciones interpersonales. Esto supuso que se les diese entrada a las mujeres en el ámbito de los estudios culturales y que se las considerara no como meras transmisoras, sino en tanto que copartícipes de un legado cultural. Entre ellas nos interesan en este trabajo aquellas que intervinieron en el comercio editorial de la Edad Moderna.

No hay duda de que la documentación escrita es la principal fuente para lograr reconstruir el significado de sus acciones y son muchos los tipos de texto que nos permiten estudiar los rasgos que caracterizan a estas mujeres. Estos distintos universos también nos facilitan, en algunas ocasiones, conocer la conciencia que profesaban con respecto al ejercicio de su oficio, desarrollado, muchas veces, en condiciones económicas desfavorables. Es interesante considerar, en todo caso, la dificultad de acercarse a su propia voz a través de la escritura que ellas mismas generaron. Esta circunstancia se torna, en algunos casos, imposible, puesto que muchas de estas mujeres eran analfabetas, o casi analfabetas, como más tarde estudiaremos. Así pues, en la mayor parte de las ocasiones, se hace necesario acceder a su palabra oral a través de los textos que otros escribieron pero que ellas generaron; en muchos casos por necesidad económica. En este sentido, son de una importancia fundamental los textos jurídicos vinculados con el negocio editorial y que en la actualidad se conservan impresos y manuscritos en bibliotecas y archivos de distinta naturaleza.

A este respecto, es posible establecer una clasificación de estos testimonios en torno a dos ámbitos: el primero incluye la documentación habitual relacionada con el proceso de publicación de una obra concreta y en la cual participan estas mujeres. Por su parte, en el segundo se recogen los textos vinculados con los procedimientos legales en los que se implicaron debido a su condición de agentes que formaron parte del mercado editorial. Estos textos han permitido rescatar sus nombres propios, trazar sus trayectorias, extraer las características comunes del grupo, pero también las peculiaridades de cada una de ellas como parte integrante de un negocio 2 .

Tradicionalmente, se ha otorgado a las mujeres que participaron en el comercio editorial un papel transitorio a la sombra de sus padres, maridos e hijos, pues casi todas ellas ejercieron su actividad dentro de la industria del libro en tanto que herederas y viudas. La titularidad y gestión femenina de los negocios y, por tanto, su presencia en la esfera pública 3 venía conferida, precisamente, por su viudedad; a pesar de que, en muchos casos, su participación en el negocio se remontaba a muchos años atrás, puesto que los negocios editoriales tenían un carácter familiar que implicaba a todos sus miembros. Una vez fallecidos los titulares masculinos y adquirida la herencia, algunas mujeres decidieron vender el negocio, previo saldo de las deudas que debían a sus maridos. Otras escogieron darle continuidad bien ellas solas bien al amparo de un oficial, que hiciese las veces de administrador, o de un segundo matrimonio, lo que aportaba capital, mano de obra y, a veces, descendencia al negocio 4 . En el contexto dibujado las mujeres ejercieron diversas actividades relacionadas con los sectores gráfico, editorial y comercial del libro 5 , ya que figuran en la documentación como impresoras 6 , libreras, con todos los matices que el término adquiere en la época, y editoras. Las funciones entre unas y otras son, a menudo, porosas 7 . Baste decir que colaboraron en los procesos de impresión, de venta, ambulante y permanente —y no solo de libros, sino también de objetos de papelería—, de encuadernación, de distribución 8 . Las más acaudaladas ejercieron, asimismo, en tanto que editoras 9 , esto es, financiaron, de forma puntual o estable, la publicación de obras, pues se hicieron cargo de la compra del papel, del pago del privilegio y de los gastos de impresión, corrección y encuadernación 10 .

2. UNIVERSOS DISCURSIVOS FEMENINOS RELACIONADOS CON EL PROCESO DE PUBLICACIÓN DE UNA OBRA

El primer grupo de textos en el que nos interesa detenernos es aquel que incluye, por una parte, los expedientes de solicitud de las licencias de impresión y de tasación de obras para su venta. Estas se han conservado manuscritas y, tras su aprobación, se incluyeron como parte de los paratextos legales de las obras. En este mismo grupo deseamos atender, por otra parte, a los paratextos socio-literarios que precedieron a la obra impresa, entre los que, en ocasiones, encontramos intervenciones relacionadas con el proceso editorial y que fueron compuestas, a menudo, por uno de los agentes implicados en el proceso.

Durante toda la Edad Moderna el procedimiento previo a la publicación de una obra exigía que el autor, editor o impresor solicitase al Consejo de Castilla —cuando la obra se iba a publicar en este territorio— una licencia de impresión. Esta debía presentarse en una instancia por parte del procurador a nombre del interesado junto con el manuscrito; tras la firma del procurador, la solicitud pasaba al juez, quien lo remitía a la censura, y, por último, se emitía la licencia de impresión por parte del juez a la vista de la censura 11 . Una vez que la obra estaba impresa era necesario, asimismo, solicitar una tasación oficial de la obra para tener el derecho de venderla. Son muy pocos los expedientes manuscritos de esta naturaleza que se han conservado con respecto a las obras impresas en los siglos XVI y XVII. Sin embargo, el Archivo Histórico Nacional conserva algunos del XVIII. Como ejemplo para este primer apartado, nos interesa traer a colación el caso de Teresa de Guzmán, quien gestionó la Lonja de Comedias de la Puerta del Sol entre 1733 y 1737 12 . Los sesenta y un expedientes conservados a su nombre nos permiten saber que esta mujer era viuda, aunque no hemos logrado saber con quién había estado casada, lo que dificulta el trazado genealógico. Asimismo, es posible apuntar que ejercía como editora de algunas obras y que la denominación de su labor en la época se situaba bajo el membrete «mercadera de libros», lo que nos facilita aventurar que la venta era otra de sus actividades principales. Valga como ejemplo la solicitud que, a través del procurador Pedro Rodríguez Acebo, hizo llegar al Consejo para reimprimir cuatro comedias de Tirso de Molina en agosto de 1733:

Pedro Rodríguez Acebo en nombre de doña Teresa de Guzmán, viuda y mercadera de libros en esta corte. Digo que mi parte desea reimprimir cuatro comedias intituladas La republica al revés, El amor médico, Cómo han de ser los amigos, Esto sí que es negociar. El autor de todas […] don Gabriel Tirso de Molina; y para poderlo hacer sin incurrir en pena alguna, A V. A. suplico se sirva de conceder a mi parte licencia por una vez para su reimpresión […].

Doña Teresa de Guzmán mercadera de libros en esta corte / Libro / Licenciado S. Munilla / Madrid, veintinueve de agosto de 1733 / Remítese al señor don Juan José Mutiloa / [Rúbrica] / Madrid y agosto 31 de 1733 / Concédese a esta parte la licencia que pide por de una vez para la reimpresión de las cuatro comedias que expresa este pedimento […] 13 .

Su nombre figura también en un documento posterior que recoge la solicitud de tasación de dos de las comedias de Tirso para las cuales ya había recibido licencia de impresión y que deseaba poder vender con todas las garantías legales en noviembre de 1733:

Pedro Rodríguez Acebo en nombre de doña Teresa de Guzmán, vecina de esta Corte: Digo que mi parte tiene impreso con licencia de V. A. dos comedias intituladas la una El amor médico y la otra Celos con celos se curan, ambas compuestas por el maestro Tirso de Molina, y para poderlas vender sin incurrir en pena alguna / A V. A. suplico se sirva conceder para mi parte la tasa para su venta […].

Doña Teresa de Guzmán, vecina de esta Corte / Tasa / Licenciado S. Munilla / Madrid diez y ocho de noviembre de 1733 / Remítese al señor don Jul. Joseph Mutiloa / Madrid y noviembre 19 de 1733 / Tásase a seis maravedíes cada pliego […].

[Vuelto cara exterior]

Dentro de un mes me obligo a entregar las comedias correspondientes a los señores del Consejo. Madrid, noviembre en 20 de 1733 14 .

Además de los paratextos legales que exigía el Consejo de Castilla para proceder a la publicación de una obra, entre los cuales se encuentran la licencia o la tasa ya mencionadas, debe recordarse que el texto de la obra estaba precedido, en algunas ocasiones, por los llamados paratextos socio-literarios, que eran fruto de las convenciones sociales o literarias. En este contexto, Reyes Gómez 15 se refiere a los textos acerca de la edición, grupo en el que es posible recordar aquellos «elaborados por editores literarios, libreros, impresores, e incluso autores, con el fin de narrar las vicisitudes de la edición». Si nos centramos en la oportunidad que estos ofrecen, es posible revisar un interesante ejemplo referido, esta vez, a una mercadera de libros del siglo XVII. Se trata de María de Armenteros, que fue viuda de Juan Bonet y se ocupó del negocio de librería y edición a la muerte de este entre 1672 y 1676 16 . En 1674 costeó la publicación de la primera edición ilustrada del Quijote que publicó en Madrid Andrés García de la Iglesia. En ella encontramos, a continuación de la portada, una dedicatoria que María de Armenteros firma y ofrece a don Francisco María Grillo, hijo del señor marqués de Carpeneto. La mercadera reflexiona, por una parte, en torno al valor literario de la obra de Cervantes, así como sobre su éxito editorial tanto en las prensas de distintos reinos como en las de España; y, por otra, apela a las virtudes intelectuales del dedicatario para comprender correctamente la obra:

Las obras de Miguel de Cervantes Saavedra han corrido con general aplauso por todo el orbe. Entre todas ha sido tan celebrada esta Primera y Segunda parte del ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha, por lo artificioso de sus chistes, que han ocupado las prensas de otros reinos y en las de España se repiten casi cada año las impresiones de estos libros (¶2) 17 .

A la vista de este prólogo parece interesante detenernos brevemente en la cuestión de la formación cultural de las mujeres que participaron en el comercio editorial. Tal y como ha señalado Establés 18 , lo habitual es que, salvo casos excepcionales, fuesen iletradas, una circunstancia que, sin embargo, no impidió que permanecieran al frente de los negocios durante períodos extensos de tiempo. Su alfabetización constituye una cuestión interesante sobre la que, sin embargo, es difícil aportar pruebas claras más allá de las firmas que figuran en la documentación notarial, puesto que no hemos encontrado documentación que nos permita estudiar su voz de forma directa. Rey Castelao 19 ha señalado, a partir de las firmas en escrituras notariales, que el nivel de alfabetización del sector del comercio ascendió en Madrid de un 66,3% a un 82,1% entre 1659 y 1700 debido a la necesidad de competir en un período de crisis; aunque también indica que existían enormes diferencias por sexo. Es posible que su participación en el negocio las haya obligado a formarse al menos en lectura, escritura y cálculo básico, esto es, en las tres actividades que formaban parte de su día a día. Sería importante, de cualquier forma, examinar cada caso individualmente y reunir todas las pruebas posibles.

En el ejemplo de María de Armenteros no podemos saber si ella fue la autora del paratexto citado, que sigue de cerca los presupuestos de la retórica en lo que toca a la construcción del discurso y presenta abundantes referencias culturales, lo que denota una extraordinaria habilidad literaria de la que no sabemos si disfrutó.

3. UNIVERSOS DISCURSIVOS FEMENINOS RELACIONADOS CON PROCEDIMIENTOS LEGALES SURGIDOS EN TORNO AL OFICIO EDITORIAL

En el segundo grupo nos interesa acercarnos, por una parte, a los testamentos e inventarios de los que son protagonistas; y, por otra, a los pleitos y peticiones legales de distinta naturaleza que ellas mismas generaron al hilo de su actividad y en las cuales actúan en tanto que demandantes.

Tal y como antes hemos expuesto, era frecuente que las mujeres se hicieran cargo de los negocios editoriales tras el fallecimiento de los titulares masculinos. Resultaba habitual que estos, todavía en vida, dejaran firmados ante notario sus testamentos en los cuales solía incluirse un inventario que recogía sus bienes. Estos documentos, que habitualmente se han conservado en los archivos históricos de protocolos notariales, adquieren una extraordinaria importancia en el ámbito editorial, puesto que nos ayudan a conocer cuáles fueron las pertenencias de libreros, mercaderes e impresores y, por tanto, nos permiten saber, en muchas ocasiones, qué libros tenían a la venta en sus negocios, pero también las deudas que quedaban pendientes de saldar 20 , lo que nos ayuda a estudiar sus redes comerciales.

Un buen ejemplo, a este respecto, es el que nos ofrece la librera Lucía Muñoz, quien contrajo matrimonio con el librero madrileño Francisco de Robles en 1631 21 . No contamos con noticias que nos permitan confirmar el trabajo de Lucía Muñoz en el negocio familiar entre 1631 y el 28 de enero de 1659, fecha en la que fallece Francisco de Robles. Sin embargo, parece evidente que conocía la actividad; de otra forma resultaría inexplicable que haya proseguido ejerciendo de forma diligente durante otros casi veinte años, hasta que fallece en 1677, distintas labores relacionadas con el negocio editorial 22 . En su último testamento, con fecha de 26 de enero de 1659 y conservado en la actualidad en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, Francisco de Robles deja como herederas de sus bienes a Agustina de Robles, hija de su primer matrimonio, a Lucía Muñoz y a sus hijas María de Robles y Felipa Mariana de Robles 23 . Las cuatro solicitan junto a sus maridos pocos días después del fallecimiento que se haga la partición y división de los bienes del librero. A través de este documento, y de otros posteriores, sabemos que Lucía Muñoz había aprendido a escribir, puesto su firma ha quedado recogida al final del texto, lo que supone una prueba de su alfabetización 24 . El 30 de enero de 1659 comienza a hacerse el inventario y tasación de los bienes de Francisco de Robles. Parece que se retrasa, sin embargo, el relativo a los libros porque, en un documento posterior 25 , Lucía Muñoz solicita por segunda vez que se inicie el inventario y tasación de los libros. Así pues, contamos con dos intervenciones activas de la librera que, obviamente, desea que se agilice el procedimiento que le permitirá hacerse cargo del negocio:

Doña Lucía Guerra Muñoz, viuda de Francisco de Robles, digo que de los bienes que quedaron finalmente del dicho mi marido se está haciendo inventario y tasación dellos y solo falta de inventariar lo libros, papeles y efectos que se deben a la hacienda y de tasar los libros y las casas que están en esta villa en la Cava baja de san Francisco.

Este se lleva a cabo finalmente el 11 de octubre de 1659 por parte de los libreros Gabriel de León y Mateo de La Bastida, quienes firman el documento junto a Lucía Muñoz y certifican su posesión de la librería 26 . Tras la tasación e inventario se le adjudica a Lucía Muñoz un conjunto de libros que integrarán la librería que hereda y gestiona a partir de esta fecha 27 .

Una vez que esta y otras mujeres se hacían cargo del negocio su actividad suponía que, en numerosas ocasiones, surgiesen, como era habitual, situaciones en las que se veían obligadas a presentar pleitos o peticiones legales de diverso tipo para defender sus intereses comerciales 28 . Esta documentación se ha conservado, habitualmente de forma manuscrita, en archivos de distinta naturaleza. En el caso español, los archivos estatales dependientes del Ministerio de Cultura y Deporte son, sin duda, una valiosa fuente de información para estudiar este aspecto.

Entre las circunstancias que movieron a estas mujeres se encuentran, por una parte, la defensa que hicieron de los lugares que ocupaban sus imprentas. El ejemplo más claro a este respecto fue el de la impresora María de Quiñones, quien desde 1634 y hasta 1666 figura como impresora en los pies de imprenta de los libros salidos de su taller, aunque ya en 1627 se localiza al menos una noticia que confirma su actividad concertando la impresión de libros, pues es posible que en este año haya heredado la imprenta de su tía María Rodríguez Ribalde. En 1633 Quiñones emprendió un pleito contra el Hospital de los Desamparados de Madrid, puesto que esta institución, colindante con su taller, había abierto en la pared que separaba ambos edificios —acaso con la intención de lograr que la impresora les vendiera su espacio de trabajo— una serie de ventanas que comunicaban ambos lugares y a través de las cuales llegaban hasta la imprenta los ruidos de la institución benéfica que impedían el correcto trabajo tipográfico. Aunque en la documentación conservada no se especifica la resolución del conflicto, los datos bibliográficos con los que contamos demuestran que María de Quiñones mantuvo su taller en el mismo lugar hasta su muerte, por lo que, quizás, pudo ganar la batalla 29 .

La impresora alega, en primer lugar, la importancia de la anchura de la casa en la que tiene su taller, lo que la convierte en adecuada para funcionar como imprenta, muy probablemente por la necesidad de espacio que requieren las distintas prensas y cajas de tipos que conforman el taller; y, asimismo, la necesidad de conservar esta casa con la finalidad de poder seguir ejerciendo en ella su oficio, puesto que este es el único sustento del que dispone («porque no tiene otra hacienda de que sustentarse sino el dicho oficio y no será posible hallar en Madrid otra casa más acomodada en que usarle porque tiene mucha anchura»). En segundo lugar, señala que la inversión económica que le conllevaría un cambio de domicilio supondría tener que comenzar desde el principio en el negocio y pagar quinientos ducados por una nueva casa, lo que no resultaba viable para una mujer viuda y empobrecida como ella, que no ganaba más de cien ducados al año («[…] que no hallará menos de quinientos ducados cada año apenas gana ciento con que pasa su viudez con extrema pobreza y recogimiento»). Es interesante llamar la atención sobre esta alusión a la pobreza de las viudas pues, tal y como ha señalado López-Cordón 30 , la crítica ha constatado la asiduidad con la que en la época se relacionaban los conceptos de viudedad y pobreza.

Al lado de Quiñones hubo otras mujeres que emprendieron la defensa del privilegio de ser impresoras del Rey, una merced que algunas de ellas, como Teresa Junti o Catalina Blondiel, ostentaron 31 . Otras lucharon por las licencias de impresión y venta que sus maridos habían logrado y que habían sido usurpadas por otros impresores o libreros y, finalmente, algunas más reclamaron deudas. Un buen ejemplo a este respecto es el de María de Armenteros, antes mencionada a propósito de los prólogos editoriales. No hay duda de que fue una mujer muy implicada en el campo editorial y, como tal, se vio en la obligación de reclamar ante situaciones que consideraba injustas. Es interesante citar, a este respecto, un documento conservado en el Archivo de la Corona de Aragón, datado por aproximación en 1674. En él que la mercadera indica que ha asistido al Consejo de Aragón durante más de veinte año a través del suministro de útiles para escribir, tal y como nos indica la expresión «recado de escribir». En su petición solicita que el marqués de Villalba, protonotario del Consejo, le abone la deuda que ha contraído con ella y, una vez más, el argumento que se emplea en la petición se relaciona con la penuria económica que le supone su condición de viuda:

Señor / Doña María de Armenteros, mercadera de libros del Consejo Supremo de Aragón, / Dice que ha que asiste al Consejo con el recado de escribir de más de veinte años a esta parte, y ahora el señor marqués de Villalba, Protonotario, le debe once mil reales de vellón poco más o menos, y habiendo entrado efectos en la Cancillería no le ha dado satisfacción de dicha cantidad, y por ser una pobre viuda y con pocos medios y hallarse ejecutada por diferentes deudas, suplico a Vuestra Majestad le mande pagar dicha cantidad, que en ello recibirá merced 32 .

4. CONCLUSIONES

En el capítulo X de la Institución y origen del arte de la imprenta, compuesto a fines del siglo XVII, Alonso Víctor de Paredes distingue los diferentes grupos de personas que pueden ejercer la labor de enmienda en una imprenta. En el cuarto grupo que menciona se localiza una referencia a la presencia de las mujeres, en tanto que viudas, al frente de negocios editoriales. También se advierte una alusión a su corta capacidad para enfrentarse a la corrección de pruebas, acaso en relación con los escasos niveles de educación de este grupo en la época estudiada:

El cuarto es cuando el dueño de la imprenta no es impresor, sino mercader de libros o son viudas o personas que no entienden y, no obstante, quieren corregir o lo encargan a personas que apenas saber leer. A estos tales, ¿quién los puede llamar correctores? (fol. 42v).

Tal y como hemos apuntado no podemos saber con seguridad si esta circunstancia fue igual en todos los casos, puesto que, salvo las firmas, no contamos con otros ejemplos manuscritos que nos permitan conocer de forma clara su grado de alfabetización. Recuérdense, en este sentido, la firma en el testamento de Lucía Muñoz, lo que nos demuestra que, como mínimo, sabía escribir y, por otra parte, el prólogo editorial firmado por María de Armenteros, cuya autoría, sin embargo, no podemos verificar con seguridad. Fuese o no la situación como se describe en el tratado de imprenta de Paredes, no cabe duda de que el breve recorrido que hemos hecho a través de sus diferentes voces, a las que hemos accedido a través de los textos legales que generaron, nos permite asegurar su implicación activa en los negocios editoriales en tanto que herederas y viudas. Dichos textos nos facilitan conocer cuáles fueron sus funciones y si actuaron como mercaderas, impresoras o editoras; nos posibilitan, además, saber de la situación económica dificultosa en la que algunas pudieron trabajar. Tal y como ya se ha explicado, parece constatada la relación entre viudedad y pobreza en algunos casos; aunque también hemos visto que hubo viudas que se quedaron como cabezas de familia y desplegaron numerosas estrategias que les permitieron obtener negocios editoriales rentables y estables. No debe olvidarse, a este respecto, que en algunos de estos textos encontramos una referencia explícita a su implicación en el negocio editorial en tanto que ocupación habitual u oficio con mayor grado de permanencia. La documentación examinada nos ha permitido, en definitiva, profundizar en la identidad de estas mujeres, puesto que nos ofrece no solo sus rasgos en tanto que colectivo, sino también la percepción que ellas tenían del negocio, pero también de sí mismas como integrantes de un ámbito comercial a cuyo desarrollo contribuyeron de forma activa.

BIBLIOGRAFÍA

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Notas

1. López-Cordón, 2014, p. 151.

2. En los últimos años se han dedicado varios estudios a demostrar la participación de las mujeres en procesos legales de distinta naturaleza a través de los cuales se ha probado su colaboración activa en la sociedad de la Edad Moderna. Ver, al respecto, Gonzales, 2008. Asimismo, debe considerarse la exposición Voz y letra de mujer. Universos discursivos femeninos (https://sites.google.com/unav.es/universos-discursivos/p%C3%A1gina-principal). Por último, puede tenerse en cuenta la base de datos que ha generado el proyecto Iberian Books (https://iberian.ucd.ie/) y que permite hacer búsquedas de pleitos emitidos por mujeres a través de uno de los filtros que incluye su buscador «Women litigants».

3. Morant Deusa y Bolufer Peruga, 2009, p. 20.

4. Establés Susán, 2018, pp. 51-52. Recuérdese que la única regulación oficial que encontramos sobre la participación de las mujeres en el negocio editorial no llegará hasta en 1762. En esta fecha se publican las Ordenanzas de la Comunidad de Mercaderes y Encuadernadores de libros de Madrid cuya cláusula octava reza como sigue: «Las viudas e hijas de mercaderes y encuadernadores de libros podrán mantener su tienda abierta y encuadernar, siempre y cuando tengan al frente de la misma un oficial del arte que la gobierne, debiéndola cerrar de inmediato si casaren con alguien que no fuese de la comunidad». Dicha discriminación desapareció solo un año más tarde, cuando se creó la Real Compañía de Impresores y Libreros (Establés Susán, 2018, p. 133).

5. Broomhall, 2002, p. 45.

6. La base de datos del proyecto Iberian Books (https://iberian.ucd.ie) permite realizar búsquedas de obras impresas por mujeres gracias al filtro que incluye su buscador: «Women printers». Asimismo, entre las distintas visualizaciones de datos que se ofrecen en la página web del proyecto interesa destacar, para lo que ahora nos concierne, un mapa en el que se recogen los impresores y editores activos en la Península Ibérica antes de 1701 que permite escoger ciudad de actividad y fecha, además de filtrar a través de «Women Printers» (https://iberian.ucd.ie/page_maps.php). Esta posibilidad nos posibilita visualizar sobre un mapa, y desde un punto de vista de conjunto, la actividad de estas mujeres en los diferentes centros tipográficos peninsulares en la fecha señalada.

7. Agulló y Cobo, 1991, p. 12. Tal y como ha señalado Agulló y Cobo en su tesis doctoral, dedicada a la imprenta y el comercio de libros en el Madrid de los siglos XVI a XVIII, el término ‘librero’, se presenta en la época que tratamos como un término bastante ambiguo pues tanto podía referirse al editor, al encuadernador o al comerciante de libros: «El trabajo de producción, elaboración y distribución de los libros corresponde a tres grupos de profesionales: impresores libreros y mercaderes de libros. Si es fácil establecer la diferencia entre impresor y mercader de libros, el concepto librero y la utilización del término se presta muchas veces a confusión ya que así se denominaba indistintamente al editor, al encuadernador y al comerciante de libros. El término editor no aparece en ninguno de los siglos estudiados, y como libreros figuran tanto el Francisco de Robles editor del Quijote, como el Francisco de Robles, hijo de Sebastián de Robles y establecido en las covachuelas del Estudio de la Compañía de Jesús en la calle de Toledo, y del que no se sabe costease obra alguna» (Agulló y Cobo, 1991, s. p.).

8. Pedraza Gracia, 2015, p. 13.

9. Moll, 2003, p. 77.

10. Cayuela, 2005, p. 31.

11. Reyes Gómez, 2000, pp. 408-409.

12. Ulla Lorenzo, 2016, p. 233.

13. Archivo Histórico Nacional (AHN), Consejos, 50629, Exp. 155. La modernización del texto es mía tanto en este texto como en los sucesivos.

14. AHN, Consejos, 50629, Exp. 23.

15. Reyes Gómez, 2010, p. 55.

16. El trazado de su carrera está calculado a partir de los datos que ofrece la base de datos Iberian Books [fecha de la consulta: 08/12/2020].

17. Cito por Miguel de Cervantes Saavedra, Vida y hechos del ingenioso cavallero Don Quixote de la Mancha, Madrid, Andrés García de la Iglesia, 1674, a costa de D. Maria de Armenteros. Véndese enfrente de S. Felipe.

18. Establés Susán, 2018, pp. 56-58.

19. Rey Castelao, 2018 s. p., párr. 7.

20. Dadson, 1998, p. 15.

21. Ulla, Lorenzo, en prensa.

22. Agulló y Cobo, 1991, pp. 261-262.

23. Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (AHPM), Protocolo de Francisco de Morales, 1659, leg. 6689, fol. 489r.

24. AHPM, Protocolo de Francisco de Morales, leg. 6689, fol. 548r.

25. AHPM, Protocolo de Francisco de Morales, leg. 6689, fol. 778r.

26. AHPM, Protocolo de Francisco de Morales, leg. 6689, fol. 822r.

27. AHPM, Protocolo de Francisco de Morales, leg. 6689, fols. 923r-963r.

28. Ulla Lorenzo y Cruz Redondo, 2019, pp. 130-131.

29. AHN, Consejos, 27738, Exp. 9.

30. López-Cordón, 2014, p. 159.

31. Ulla Lorenzo y Cruz Redondo, 2019, pp. 131-136 y Sanz Hermida, 2020.

32. Archivo de la Corona de Aragón, Legajo 0554, núm. 003-19.

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